Los electores que optéis por votar por correo en los comicios municipales del 24 de mayo, podréis hacerlo hasta el día 20 de ese mes, aunque la fecha límite para solicitar la correspondiente documentación será el 14 de mayo. Desde vuestro Ayuntamiento, os hemos preparado unas infografías que os sirvan de guía rápida para comprender los plazos y fechas y os ampliamos la información que necesitéis
Deberán acudir a cualquier oficina de Correos y solicitar el impreso correspondiente. Debidamente cumplimentado, lo entregará personalmente en cualquier oficina de Correos acreditando su identificación ante el empleado de dicha oficina con la presentación de su DNI, pasaporte o carné de conducir.
Los servicios de Correos remiten la solicitud debidamente cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las listas del censo. Por lo tanto, el elector que solicita el voto por correo, una vez ha sido admitida su solicitud, ya no puede votar personalmente.
A continuación, la Oficina del Censo Electoral, entre los días 4 y 17 de mayo, enviará por correo
certificado al domicilio indicado por el elector en el impreso de solicitud un sobre con la
documentación correspondiente. En ella se incluirá una papeleta de cada una de las formaciones
políticas que se presenten a los comicios, un sobre de votación, el certificado de inscripción en el
censo, un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le correspondería votar y una hoja
explicativa. Esta documentación debe ser recibida personalmente por el elector, previa acreditación
de su identidad, y si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la
oficina de Correos correspondiente.
Una vez que el elector haya escogido su papeleta de voto, la
introducirá en el sobre correspondiente (o no incluirá papeleta si desea votar en blanco) y lo
cerrará. Lo incluirá después junto al certificado en el sobre dirigido a la mesa y lo remitirá por
correo certificado entre el 4 y el 20 de mayo ( ampliado hasta el 21 de mayo ). Este envío es
gratuito para el elector.
También cabe la posibilidad de que algún paisano se encuentre en el extranjero temporalmente, caso
en el que también puede ejercer su derecho al voto por correos (pero varían los plazos)
Desde vuestro Ayuntamiento, os hemos preparado unas infografías que os sirvan de guía rápida para comprender los plazos y fechas:
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