Concesión directa de subvenciones a entidades locales para la financiación de proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población en el marco del Programa Operativo de empleo Juvenil del fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ)

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Concesión directa de subvenciones a entidades locales para la financiación de proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población en el marco del Programa Operativo de empleo Juvenil del fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ)

Publicadas en el BOE nº 242, la finalidad de estas ayudas es incentivar y promover los proyectos que aumenten la empleabilidad y el emprendimiento de las personas jóvenes que habiten o vayan a habitar en municipios que no formen parte de una gran área urbana ?de las delimitadas en el Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas de España del Ministerio de Fomento?, y que tengan una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.

Concesión directa de subvenciones a entidades locales para la financiación de proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población en el marco del Programa Operativo de empleo Juvenil del fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ) 
Publicadas en el BOE nº 242 {BOE 252} , la finalidad de estas ayudas es incentivar y promover los proyectos que aumenten la empleabilidad y el emprendimiento de las personas jóvenes que habiten o vayan a habitar en municipios que no formen parte de una gran área urbana –de las delimitadas en el Atlas Estadístico de las Áreas Urbanas de España del Ministerio de Fomento–, y que tengan una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.
Las ayudas están pensadas para que lleguen a personas mayores de 16 años y menores de 30 , incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en el sistema de educación o formación, pero que se encuentren inscritas en el fichero del Sistema de Garantía Juvenil del Fondo Social Europeo.
Con esta medida se quiere frenar el envejecimiento de la población y despoblación en los municipios más pequeños, en este caso fomentando la actividad económica y la mejora de la capacitación laboral, con un punto de mira dirigido sobre todo a los más jóvenes.
 
Las ayudas EMP-POEJ se destinarán a cofinanciar los proyectos que presenten las entidades beneficiarias, que contengan alguna de las siguientes medidas:
  • Objetivo específico (OE) 8.2.3
Aumentar el emprendimiento de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación como vía de acceso al mercado laboral a través de la creación de empresas
  • Objetivo específico (OE) 8.2.4
Aumentar la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos
Los destinatarios finales de las actividades subvencionadas serán las personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, del Fondo Social Europeo
los proyectos podrán poner en marcha alguna o algunas de las siguientes acciones o actividades:
Objetivo específico
Medida
Acciones posibles
8.2.3 «Aumentar el emprendimiento de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación como vía de acceso al mercado laboral a través de la creación de empresas.»
8.2.3.1
– Formación específica en autoempleo y/o creación de empresas (máx. 100 horas/acción).
– Formación específica en materias concretas propias de la zona: turismo, oficios tradicionales, agricultura, ganadería, patrimonio artístico, protección del medio ambiente, etc., acompañada necesariamente de formación en autoempleo y/o creación de empresas (máx. 300 horas/acción).
8.2.3.3
– Ayuda económica al participante por su alta como trabajador autónomo (de forma individual o como persona jurídica).
8.2.3.4
– Ayuda económica al participante por su establecimiento como socio trabajador en empresas de la economía social (cooperativas, sociedades laborales, etc.).
8.2.4 «Aumentar la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos.»
8.2.4.2
– Ayudas a empresas para la contratación de jóvenes, incluyendo teletrabajo.
 
La información completa puede consultarse en el siguiente enlace: BOE 242 de 6 de octure de 2018 {BOE 252} .
 
El plazo de presentación de proyectos finaliza el 31 de diciembre de 2020.